Comisionado de Timbres Fiscales

La Oficina del Comisionado de Timbres en Belice es responsable de la administración, evaluación y recaudación de los impuestos de timbre sobre diversos instrumentos y transacciones legales, conforme a la Ley de Impuesto de Timbre (Stamp Duties Act), Capítulo 64 de las Leyes Sustantivas de Belice.El Comisionado garantiza que se recauden los ingresos correspondientes en documentos como transferencias de tierras, hipotecas y acciones de empresas.

Funciones clave

  • Determinación del Impuesto de Timbre: El Comisionado evalúa el valor de mercado de las propiedades y documentos para determinar el impuesto correspondiente a pagar, específicamente 5% para beliceños y nacionales de CARICOM y 8% para extranjeros en las transferencias de tierras.

  • Verificación de la valoración de la propiedad: La oficina, a menudo junto con la Dependencia de Valoración del Ministerio de Recursos Naturales, examina los precios de compra declarados en hechos para garantizar que reflejen el valor de mercado, en particular en las transacciones relacionadas con tierras.

  • Recaudación y Fiscalización de Ingresos: El Comisionado recauda impuestos sobre diversos instrumentos, incluidos aquellos relacionados con la transferencia de acciones, escrituras de traspaso y hipotecas.

  • Solicitud de Exención: La oficina procesa y aplica exenciones del impuesto de timbre, como aquellas relacionadas con determinadas hipotecas residenciales para funcionarios públicos.

  • Cumplimiento Regulatorio: El Comisionado actúa bajo la autoridad del Ministro de Finanzas para hacer cumplir la Ley de Impuesto de Timbre, incluyendo la facultad de emitir reglamentos con la aprobación del Ministro.

  • Manejo de Timbres Mal Utilizados: La oficina gestiona las solicitudes por timbres dañados o mal utilizados y puede recomprar timbres.

Información de contacto

cosfin@mof.gov.bz

Horario de Oficina

Lunes – Jueves: 8:00 am – 5:00 pm
Viernes: 8:00 am – 4:30 pm